Con una votación de 5-4, el máximo tribunal ratificó la validez de la Decimocuarta Enmienda para hijos de personas en situación migratoria irregular o con visados temporales.
La Corte Suprema de Estados Unidos rechazó la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que pretendía restringir la ciudadanía por nacimiento a los hijos de extranjeros en situación irregular o con estatus temporal. En una votación de cinco jueces a favor y cuatro en contra, el máximo tribunal dictaminó que los menores nacidos en territorio estadounidense están sujetos a la jurisdicción del país y, por consecuencia, son ciudadanos legítimos. La opinión mayoritaria, redactada por el presidente de la Corte, John Roberts, contó con el respaldo de las juezas Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Amy Coney Barrett y Ketanji Brown Jackson.
Con esta histórica resolución, el tribunal mantiene intacta una interpretación constitucional que ha estado vigente durante más de 150 años en la nación norteamericana. El fallo ratifica el principio absoluto de la Decimocuarta Enmienda, ratificada en 1868, la cual establece que prácticamente cualquier persona nacida dentro de las fronteras de Estados Unidos obtiene de forma automática la ciudadanía, manteniendo como únicas excepciones tradicionales a los hijos de funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados.
A pesar de que el juez Brett Kavanaugh coincidió parcialmente en rechazar la orden ejecutiva de Trump para evitar la eliminación de facto de este derecho, los jueces de ala conservadora Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch emitieron sus votos en contra. El bloque disidente argumentó en su postura que la ciudadanía por nacimiento no debería ser considerada un derecho completamente automático en la totalidad de los casos, una visión que fue finalmente superada por el criterio de la mayoría institucional.

